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Aspecto legal
de las pymes
Aspecto legal de las pymes
•LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES
• Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1934
• TEXTO VIGENTE
• Última reforma publicada DOF 14-06-20
Sociedad Anónima
Se le denomina Sociedad anónima a aquel ente que se forma
bajo dicha denominación que se compone meramente de
socios con la obligación de limitarse al pago de sus acciones.
El nombre de la Sociedad Anónima no tiene mayor dificultad
pero a diferencia de otro tipo de sociedades, la Sociedad
Anónima se distingue por utilizar al final la abreviatura “S.A.” es
decir, “Sociedad Anónima”
La mayoría de las empresas en México son Sociedades
Anónimas.

Características principales de las Sociedades Anónimas:
- Debe tener un mínimo de dos socios y que cada uno de ellos tenga al menos una acción.
- El capital social se divide en acciones.
- La responsabilidad de los socios o accionistas se limita al pago de sus acciones.
- Se constituye con un capital mínimo de $50,000.00 pesos.
- Es obligatorio reservar el 5% de las utilidades anuales hasta que se llegue al 20% del capital social fijo.
- Las sociedades anónimas se constituyen ante fedatario público por 2 o más personas físicas, autónomos, o morales que aportan dinero u otros bienes para conformar el capital social.
- Los derechos de los accionistas se dividen en económicos y corporativos. En el caso del primero, su principal derecho es participar en las ganancias. Y el derecho corporativo esencial es votar en las asambleas.
- El órgano de mayor jerarquía de las sociedades anónimas es la asamblea de accionistas, que pueden ser ordinarias y extraordinarias, dependiendo de los asuntos a tratar. Al menos debe realizarse una asamblea ordinaria al año.
- Su órgano de administración puede ser unipersonal, administrador único, o colegiado, consejo de administración.
- Asimismo, es obligatorio tener un órgano de vigilancia (comisario).
- En los estatutos sociales de la sociedad anónima se contemplan gran variedad de reglas especiales como las restricciones a la transmisión de acciones o reglas para la venta compartida de acciones a terceros.
- Por regla general, cuando fallece un accionista sus herederos se unirán como nuevos accionistas de la sociedad anónima.
Sociedad Cooperativa
La sociedad cooperativa es un tipo de sociedad mercantil integrada por un grupo de personas que, con intereses comunes, satisfacen necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Sociedad de Responsabilidad
Limitada.
La sociedad de responsabilidad limitada es uno de los tipos de sociedades mercantiles más empleadas para crear pequeñas y medianas empresa (pymes) debido a su flexible regulación. Se constituye con un mínimo de 2 socios y un máximo de 50 que solamente estarán obligados al pago de sus aportaciones.
El capital social se conforma con las aportaciones de los socios, que no tienen por qué ser en dinero, sino que pueden ser en activos de utilidad para la empresa como maquinaria, equipos de oficina o transporte, inventarios de productos terminados, etc.
Las partes sociales no están representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, y solo serán cedibles en los casos y con los requisitos que se establece en la LGSM.


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